jueves, 21 de noviembre de 2013

sábado, 16 de noviembre de 2013

ELEMENTOS BASICOS PARA EL SERVICIO DE ACOMPAÑAMIENTOS



ELEMENTOS BÁSICOS PARA EL SERVICIO DE ACOMPAÑAMIENTO DE CARGAS EXTRADIMENSIONADAS

TÉCNICO VIAL


·         CHALECO REFLECTIVO COLOR AMARILLO
·         PITO
·         PALETA O SEÑAL DE TRANSITO PARE O SIGA
·         LINTERNA
·         METRO FLEXO METRO

VEHÍCULO ACOMPAÑANTE


·         AVISOS REGLAMENTARIOS REFLECTIVOS
·         PALETA SEÑAL DE TRANSITO PARE O SIGA
·         CONOS
·         CINTA AMARILLA SEÑALIZADORA
·         LINTERNA
·         BALIZA O LICUADORA LENTE  O LUZ AMARILLO
·         BANDERAS COLOR ROJO



TRACTO CAMIÓN CON LA CARGA


·         AVISOS REGLAMENTARIOS ADELANTE Y ATRÁS
·         CINTA AMARILLA SEÑALIZADORA EN LA CARGAS SOBRE SALIENTE
·         BALIZA O LICUADORA DE COLOR AMARILLO
·         BANDERAS DE COLOR ROJO
·         SEÑALIZAR LA CARGA DE ACUERDO A LAS NORMAS DE SEGURIDAD



LO ANTERIOR TENIENDO EN CUENTA EL CÓDIGO NACIONAL DE TRANSITO

sábado, 2 de noviembre de 2013

RESOLUCION 4959 DEL 2006



RESOLUCIÓN 004959 DEL 08 DE NOVIEMBRE DEL 2006
MINISTERIOS DE TRANSPORTE

Ámbito de aplicación: la presente resolución se aplicará como marco general a las vías nacionales, departamentales, metropolitanas, distritales y municipales ya sean rurales o urbanas para el transporte de cargas extradimensionadas.
 
Horarios de transito: las cargas extradimensionadas solo podrán circular por las carreteras o vías nacionales entre las 06.00 horas y 18. 00 horas.
Señalización de los vehículos: los vehículos de carga deben llevar dos avisos uno en la parte de adelante y otro en la parte trasera de acuerdo a las siguientes especificaciones: para los delanteros 1.00 metros de largo por 0.50 metros de altura y para los traseros 1.50 metros de largo por 0.60 metros de altura en fondo amarillo y letras negras y orlas negras reflectivas en material rígido como acrílico o lamina, además de las señales luminosas como la baliza tipo vaso o tipo cilindro cuyo lente será de color amarillo y banderas (color rojo).
Vehículos acompañantes el aviso de (1,5 metros x 60 cm.), con el mismo texto y tamaña en la parte superior plenamente visible por los dos lados debidamente anclado. Elementos de seguridad: Las señales luminosas para los vehículos son balizas tipo vaso o tipo cilindro cuyo lente será de color amarillo, banderas, conos, triángulos, pito de reversa.
Velocidad de recorrido: dichos vehículos solo podrán andar a una velocidad máxima de cuarenta (40) kilómetros por hora en las vías rurales y veinte (20) kilómetros por hora en las vías urbanas.
De los permisos: los vehículos de carga extradimencionada deben llevar los siguientes permisos: La Resolución o permiso, Carta de aprobación, Póliza contractual y extracontractual, Registro operadores de carga (aprobado y con las medidas solicitadas), Recibo de pesaje (bascula), Manifiesto de carga y demás documentos propios del vehículo y el conductor.   
A-Longitud:
-Para carga extradimensionada que sobresalga por la parte posterior del vehículo en longitudes entre dos (2) y tres (3) metros un (1) solo vehículo acompañante.
 
-Para carga extradimensionada que sobresalga por la parte posterior del vehículo en longitudes más de tres (3) metros dos (2) vehículos acompañantes, técnico y auxiliar vial. (Debe llevar la carga resolución y póliza de seguros)
 
B-Anchura:
-Para el transporte de cargas extradimensionada con un ancho superior a tres (3,0) metros e inferior o igual a tres coma tres (3,30) metros, se requerirá un solo vehículo acompañante.
-Para el transporte de cargas extradimensionada con un ancho superior a tres con sesenta (3,60) metros, dos (2) vehículos acompañantes, técnico y auxiliar vial. (Debe llevar la carga resolución y póliza de seguros)
C-Altura:
-Vehículos con carga cuya altura supere los 4.40 metros deben llevar dos (2) vehículos acompañantes, técnico y auxiliar vial. (Debe llevar la carga resolución y póliza de seguros)
Del personal técnico o auxiliar: estas personas deben estar debidamente certificadas que los acredite como: El Curso Específico en seguridad vial (Resolución 1724 del 2004), Licencia de Quinta Categoría o C2, Carne de la empresa donde está afiliado como técnico y Los elementos propios contemplados en el Código Nacional de Tránsito como: chalecos reflectivos, paletas, banderas, linternas.
 
Sanciones: el incumplimiento a la presente Resolución, será objeto de la detención de la carga hasta que se cumplan los requisitos, comparendos, inmovilización del vehículo o perdida de los permisos según el caso y lo contemplado en el Código Nacional de Transito.
Técnicos viales: 3206377233 - 3114479133